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lunes, 6 de marzo de 2017

El 04 de agosto de 2005: el día en que PPK le jugó mal al Perú

   Gracias a la lectura de las actas del 04 de agosto de 2005, día en que se firmó el cuestionado contrato de la Interoceánica, hoy en día sabemos la manera irregular en que se firmó ese documento y los altos funcionarios del Estado que estuvieron detrás de ese hecho, entre ellos el actual Presidente Pedro Pablo Kuczynski. En efecto, el señor Kuczynski, en calidad de alto responsable político de ese concurso, dio la luz verde a la firma del contrato, validando un «acta de cierre de contrato » con irregularidades evidentes: 
  • Una cronología incoherente de los hechos, tal y como constatamos en las 2  actas del 04 de agosto de 2005: acta de cierre del contrato (doc. 1) y acta N° 109 (doc. 2).
  • Un informe legal redactado en 25 minutos, pero que materialmente, según el abogado que lo redactó, es imposible por la cantidad de información que había que analizar. Cabe anotar que el abogado Monroy negó haber entregado el informe el día 04 de agosto de 2005, tal y como lo indica el documento archivado en Proinversión. El abogado Monroy señala que la fecha del primer informe que está en los archivos de Proinversión corresponde al día de la solicitud de la consulta legal y no al día de la entrega del informe a esa institución (doc. 3).
  • Se restó importancia a las opiniones contradictorias del responsable legal de Proinversión, quien, por un lado, afirmaba que las empresas ganadoras podían contratar con el Estado y, por el otro, recomendaba verificar posteriormente las «declaraciones juradas» de las empresas ganadoras para saber si las informaciones declaradas eran veraces...

   En resumen, la lectura de las actas nos conducen a la clara conclusión de que el día 04 de agosto de 2005 no hubo ningún informe legal válido que permitiese la firma regular del contrato ese mismo día. En efecto, ni el responsable legal de Proinversión ni el Estudio Monroy pudieron en 25 minutos verificar los hechos señalados por la Vicecontraloría en los distintos organismos de la administración pública: Sunat, tribunales, etc.
   Conscientes de que el contrato de la Interoceánica tenía irregularidades, los Ministros firmantes del acta N° 109 acordaron ampliar la consulta legal después de la firma del contrato. Posteriormente, el Estudio Monroy entregó a Proinversión 3 informes complementarios en relación a la denuncia de la Vicecontraloría.
   A comienzos de 2006, para cerrar el tema de las irregularidades, el partido de Toledo hizo votar la ley N° 28670 en el Congreso, con la que se subsanaba todas las irregularidades que podrían existir en los contratos de obras públicas. Con la ley N° 28670, validada por Toledo y Kuczynski, el gobierno de Toledo cerró el paso a cualquier otra denuncia proveniente de la Vicecontraloría respecto al contrato de la Interoceánica (doc. 4).

El art. 1° de la ley N° 28670, validada por Toledo y Kuczynski, ratifica la plena validez del contrato de la Interoceánica (doc. 4).


El art. 3° de la ley N° 28670 exonera de algunos impedimentos administrativos para ser postor a ciertas empresas de obras públicas, entre ellas a las empresas ganadoras del contrato de la Interoceánica (doc. 4).


Conforme a la ley N° 28670, no se aplica a las empresas ganadoras del contrato de la Interoceánica  el impedimento para ser postor inscrito en el literal f) del artículo 9° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM (doc. 5). 
Así ocurrieron los hechos el 04 de agosto de 2005
   Antecedentes:
   Según la documentación incautada por la justicia brasileña, el 20 de junio de 2005, mediante un cable diplomático, la embajada de Brasil señala que el Presidente Toledo va a respetar la fecha de la firma del contrato. Según el cable, Toledo afirma a su interlocutor brasileño que dará indicaciones a Kuczynski, su ministro de Economía y presidente del Consejo Directivo de Proinversión, para que acelere los trámites de la firma del contrato de la Interoceánica.
  
   Acta de fecha de cierre de los tramos 2, 3, 4 (doc. 1)
A las 10:00 horas del 04 de agosto de 2005, en Palacio de Gobierno, el Comité de Proinversión declara abierta el «acta de cierre del contrato»: recepción de documentos de las empresas ganadoras de la licitación pública y firma del contrato.
A las 10:15 horas, el presidente del Comité de Proinversión Sergio Bravo Orellana recibió el oficio de la Vicecontraloría, en el cual se indica que probablemente algunas de las empresas ganadoras podrían estar inhabilitadas para contratar con el Estado peruano.
A las 10:40 horas, se reciben los documentos de las empresas ganadoras, pero se decide «suspender el proceso de firmas hasta que se cuente con las instrucciones correspondientes del Consejo Directivo respecto del alcance del oficio de la Contraloría». Kuczynski era el presidente del Consejo Directivo de Proinversión.
   Acta de la sesión N° 109 de Proinversión (doc 2)
A las 12:30 horas, en el Ministerio de Economía, el Consejo Directivo de Proinversión, bajo la presidencia de Kuczynski, abre la sesión N° 109 con un único tema: informar sobre el avance del concurso del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil. Según el acta, durante casi media hora se expuso el oficio de la Vicecontraloría.
A las 13:05 horas, se suspendió la sesión con el objeto de esperar los acuerdos tomados por el Comité de Proinversión con relación al oficio de la Viceontraloría. Se convocó a Sergio Bravo, presidente del Comité de Proinversión, y la reunión se trasladó a Palacio de Gobierno.
    Cabe señalar que el Comité de Proinversión dirigida por Bravo suspendió a las 10:40 horas el proceso de firmas argumentando que esperaba instrucciones del Consejo Directivo, es decir de Kuczynski.
A las 13:27 horas, la sesión N° 109 se reanudó. Esta vez en Palacio de Gobierno y con la presencia de Sergio Bravo, presidente del Comité de Proinversión, y el señor Percy Velarde Zapater, gerente de la oficina legal de Proinversión. A partir de esa hora, expusieron ante el Consejo Directivo el señor Sergio Bravo, el señor Percy Velarde y el señor Pedro Pablo Kuczynski.
   Sergio Bravo, presidente del Comité de Proinversión
   El señor Bravo expuso ante el Consejo Directivo los hechos y los trámites que efectuó después de haber recibido el oficio de la Vicecontraloría, el cual se señalaba que las empresas ganadoras no podían contratar con el Estado peruano. Según el señor Bravo, las diligencias que efectuó y señaladas a continuación lo hizo en 25 minutos:
  1. Bravo dijo haber anunciado oficialmente a las empresas ganadoras lo comunicado por la Vicecontraloría y acto seguido haber pedido una opinión documentada que desmienta lo afirmado por la Vicecontraloría.
  2. En respuesta a esta solicitud, Bravo afirmó haber recibido de las empresas ganadoras dos expedientes judiciales que desmienten lo indicado por la Vicecontraloría.
  3. Bravo también indicó haber recibido declaraciones juradas de las empresas ganadoras, en las cuales ratificaban no tener procesos judiciales con el Estado peruano.
  4. Para respetar el marco legal del contrato, Bravo indicó haber solicitado opinión legal sobre lo señalado por la Vicecontraloría :
  • Primero, Bravo solicitó opinión legal al gerente de la Oficina Legal de Proinversión, el señor Percy Velarde Zapater. Según Bravo, Velarde afirmó no haber impedimento legal para contratar con las empresas ganadoras. Sin embargo, respecto a las declaraciones juradas, el señor Velarde recomendó controlar la veracidad de los documentos.
  • Segundo, Bravo solicitó igualmente una consulta legal al Estudio de abogados de Juan Monroy. Según Bravo, el Estudio Monroy envió un informe legal elaborado en 25 minutos (entre las 10:15 y las 10:40 horas). Recientemente, este hecho ha sido desmentido por el Estudio Monroy ante la Comisión Lava Jato. Estudios Monroy alega que es materialmente imposible elaborar un informe legal en tan corto plazo, debido a las verificaciones que hay que efectuar ante los organismos de la administración pública.
   Pedro Pablo Kuczynski, presidente del Consejo Directivo
   Según el acta N° 109, el Consejo Directivo, bajo la presidencia del señor Kuczynski, declaró lo siguiente:
  1. Haber leído la documentación presentada por el Comité de Proinversión. Todos los Ministros leyeron, analizaron e hicieron un amplio debate sobre los documentos presentados por el señor Bravo: expedientes judiciales presentados por las empresas ganadoras, declaraciones juradas de las empresas ganadoras y el informe legal del Estudio Monroy.
  2. Haber escuchado al gerente de la Oficina Legal de Proinversión: opinión legal y recomendaciones. Todos los ministros escucharon la opinión jurídica del gerente de la Oficina Legal de Proinversión, el señor Percy Velarde Zapater, quien consideró que desde el punto de vista legal no había impedimento para firmar los contratos con las empresas ganadoras. Sin embargo, se puede leer también en el acta que el señor Velarde recomendó a los ministros controlar posteriormente la veracidad de las declaraciones juradas de las empresas ganadoras, dejando entender al Consejo Directivo que la Oficina Legal de Proinversión no había efectuado todo el trabajo de verificación.
  3. Haber decidido:
  • Continuar con la firma del contrato. El Consejo Directivo, bajo la presidencia de Kuczynski, autorizó al Comité de Proinversión proseguir con la firma del contrato de la Interoceánica.
  • Verificar posteriormente la veracidad de las declaraciones juradas.
  • Exonerar del trámite de aprobación previa el acta N° 109.
A las 13:45 horas, se cerró la sesión N° 109. La segunda parte de la sesión duró 18 minutos.
Acta de fecha de cierre de los tramos 2, 3, 4 (doc. 1)
A las 13:50 horas, el presidente del Comité de Proinversión Sergio Bravo recibió el acuerdo del Consejo Directivo de proseguir con el cierre del concurso.  
    El notario Jaime Tuccio Valverde verificó el cumplimiento de los requisitos de cierre previstos en las bases del concurso. Luego, se procedió al proceso de firmas del contrato.  
A las 14:45 horas, el señor Sergio Bravo dio por levantada la sesión.


Ver videos y documentos:

Video: las declaraciones del abogado Monroy sobre el informe legal ante la Comisión Lava Jato




Acta de cierre del contrato (doc. 1)


  
Acta N° 109 (doc. 2)
Acta de la sesión N° 109 (04/08/2005) by Chazkis on Scribd


  
Informe legal del Estudio Monroy (doc. 3)



La ley N° 28670 ratifica la plena validez del contrato de la Interoceánica (doc. 4)


Decreto Supremo N° 083-2004-PCM (doc. 5) 
Conforme a la ley N° 28670, el gobierno de Toledo decide que el literal f) del artículo 9° del DS N° 083-2004-PCM no se aplica a las empresas ganadoras del contrato de la Interoceánica.


 MFR

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